Formación¿Es necesario tener un curso para tener un perro?

28 de enero de 20230

Es obligatorio que todos los propietarios caninos tengan un curso que les acredite, con el objetivo de preservar la integridad de los animales, así como la convivencia responsable y la regulación de su tenencia.

Por el momento no hay ningún curso ni temario establecido. Nosotros nos adelantamos a prepararte en lo que van a pedir, así como, formarte en más materia complementaria para que puedas solventar todos los problemas que se puedan presentar con tu perro.

¡ Click aquí, sobre el texto y te contamos cómo conseguir nuestra TITULACIÓN DE TUTOR CANINO RESPONSABLE !

Tampoco se conocen realmente cuáles serán todos los trámites que habrá que realizar para la posesión legal de un perro. Lo que sí sabemos es lo que indica el artículo 36 de esta nueva ley, que es lo siguiente:

«Las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado previamente un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente». «Todos los perros deberán cumplir los criterios de clasificación por sociabilidad, cumpliendo los mecanismos de validación de comportamiento y socialización determinados reglamentariamente» y que «las personas titulares o responsables de los perros deberán contratar un seguro de responsabilidad civil».

 

Es importante saber, que las personas responsables civilmente ante cualquier daño o accidente causado por su perro, es el dueño del animal, el titular de la cartilla o incluso la persona que porte el animal en el momento del accidente ocurrido.

¡ Click aquí, sobre el texto y te contamos cómo conseguir nuestra TITULACIÓN DE TUTOR CANINO RESPONSABLE !

 

¿Qué pasa si no tengo el curso?

Es obligatorio obtener el curso según ley, y los dueños que no estén acreditados de haberlo superado se exponen a ser sancionados, cuya cuantía aún se desconoce.

 

Es importante tener en cuenta que hay perros considerados de «actividad específica», que son aquellos perros de caza, pastoreo y guarda del ganado. Hay que tener en cuenta que los perros de caza y de ganado también tiene que tener su propia licencia específica.

 

La ley 17/2021, de 15 de diciembre, entró en vigor el 5 de enero, veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y modifica el Código Civil para adaptarlo a la verdadera naturaleza de los animales y a las relaciones de convivencia que se establecen entre ellos y los seres humanos.

¡ Click aquí, sobre el texto y te contamos cómo conseguir nuestra TITULACIÓN DE TUTOR CANINO RESPONSABLE !

¿Cuáles son las 10 obligaciones que tiene todo dueño de una mascota?

En España, los perros, los gatos y las aves están en el podio de las mascotas más frecuentes. Indiscutiblemente, el número uno de todos es el perro, que supone más del 80% de todos los animales de España. Para aquellos que tengan una mascota, ahora deberán conocer sus nuevos derechos y deberes.

La ley 17/2021, de 15 de diciembre, entró en vigor el 5 de enero, veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y modifica el Código Civil para adaptarlo a la verdadera naturaleza de los animales y a las relaciones de convivencia que se establecen entre ellos y los seres humanos.

 

Las 10 obligaciones de la nueva Ley de Protección Animal

 

  1. Las mascotas deben estar integradas en el núcleo familiar, lugar donde deben estar correctamente aseadas y limpias.
  2. En caso de que el animal no pueda convivir en el núcleo familiar por tamaño o características, estas mascotas deben vivir en un alojamiento adecuado en tamaño a sus dimensiones. Además, debe ser un lugar que les proteja del tiempo, tanto del frío y la lluvia, como del calor. Tampoco pueden estar aislados de otros animales o personas.
  3. En el caso de los animales de compañía que, por sus características y especie, vivan de forma permanente en jaulas, acuarios, terrarios y similares, deberán contar con espacios adecuados en tamaño, naturalización y enriquecimiento ambiental para su tenencia.
  4. Es necesario adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía. En caso de que puedan tener contacto no controlado con otros animales, deberán estar esterilizados. De la misma forma, si conviven dos animales de la misma especie y con distinto sexo, debe estar esterilizado al menos uno de los dos. La excepción sería para aquellos inscritos en el Registro Nacional de Criadores.
  5. Está completamente prohibido dejarlos en ningún momento dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones meteorológicas que puedan poner su vida en peligro.
  6. Los animales de compañía no pueden dejarse atados ni deambular por espacios públicos sin que una persona responsable los esté vigilando de forma presencial.
  7. Es importante evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares públicos de paso habitual de otras personas, a saber, fachadas, puertas o entradas a establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquellos con productos biodegradables.
  8. De la misma forma, es necesario facilitar los tratamientos veterinarios considerados obligatorios por las Administraciones Públicas.
  9. Los dueños son los responsables de que los perros superen las validaciones de comportamiento que reglamentariamente se establezcan.
  10. Si los dueños se separan, al tener los mismos derechos que las personas, un juez decidirá sobre su custodia.

¡ Click aquí, sobre el texto y te contamos cómo conseguir nuestra TITULACIÓN DE TUTOR CANINO RESPONSABLE !

 

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *